sábado, 22 de enero de 2022

Condena en costas a dos bancos pese a la estimación parcial de la demanda

El Tribunal Supremo, en dos sentencias fechadas a 9 de diciembre de 2021, ha condenado al BBVA y a Kutxabank al pago de las costas procesales de la primera instancia, a pesar de que las demandas solo fueron estimadas en parte.

En opinión del Alto Tribunal, las resoluciones recurridas no respetaron las exigencias derivadas de la Directiva sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores y del principio de efectividad del Derecho de la Unión Europea.

En octubre de 2017, el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Donostia estimó la demanda formulada por unos consumidores sobre nulidad de estipulaciones de contrato bancario y condenó al BBVA, entre otros extremos, a abonar las costas procesales causadas en la instancia.

Pese a lo anterior, en abril de 2018, la Audiencia Provincial de Guipúzcoa estimó el recurso de apelación interpuesto por la entidad bancaria, revocó la condena al BBVA a abonar los gastos relativos al impuesto sobre actos jurídicos documentados y revocó el pronunciamiento de costas en la instancia acordando en su lugar lo siguiente: “No procede efectuar pronunciamiento alguno en relación a las costas causadas en la instancia”.

Disconformes con la anterior conclusión, los consumidores recurrieron en casación denunciando la inadecuada aplicación del art. 394.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la infracción de los arts. 6.1 y 7.1 de la Directiva 93/13/CEE, la vulneración del principio de efectividad de las resoluciones del TJUE, la infracción del art. 4 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la contraposición de la sentencia recurrida a la jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo.

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