La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en su STS n.º 257/2026, de 17 de febrero, ECLI:ES:TS:2026:594, estima el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN) frente a la Audiencia Provincial de Madrid y declara abusiva la cláusula que regula el sistema de pago revolving de la tarjeta «Pass» de Servicios Financieros Carrefour E.F.C., S.A.
La resolución extiende a esta cláusula los pronunciamientos ya declarados en apelación sobre nulidad de otras condiciones generales, reforzando el control de transparencia material e informativo en los contratos de crédito revolving comercializados con consumidores.
Antecedentes: acción colectiva de nulidad de condiciones generales
El litigio se inicia con una demanda de juicio verbal interpuesta por ASUFIN contra Servicios Financieros Carrefour E.F.C., S.A. ante el Juzgado de lo Mercantil n.º 14 de Madrid, en la que se ejercitan acciones colectivas de nulidad de condiciones generales y de cesación respecto de la tarjeta de crédito «Pass».
ASUFIN solicitaba, en síntesis:
- La nulidad de varias cláusulas por falta de transparencia y proporcionalidad: sistemas de pago y fechas de adeudo (incluida la modalidad revolving), comisión por impago, vencimiento anticipado e imputación de pagos.
- La eliminación de dichas cláusulas de los contratos en curso y la prohibición de su utilización futura.
- La determinación de los beneficiarios de la sentencia ex arts. 11 y 221 de la LEC, así como la publicación del fallo y su inscripción en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación.
El Juzgado de lo Mercantil desestimó íntegramente la demanda. En apelación, la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28.ª), en sentencia 634/2022, de 9 de septiembre, estimó parcialmente el recurso de ASUFIN: declaró nulas las cláusulas de impago y imputación de pagos de la tarjeta «Pass», ordenó su eliminación y cese de uso, así como la publicación del fallo e inscripción en el Registro de Condiciones Generales, pero mantuvo la validez de la cláusula de «Sistemas de pago y fechas de adeudo» en lo relativo a la modalidad revolving.
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