lunes, 3 de enero de 2022

Un juzgado encuentra una vía para anular las hipotecas referenciadas al IRPH pese al fallo de Europa

El juzgado de primera instancia número 7 de La Coruña ha anulado una hipoteca referenciada al IRPH al considerar que vulneraba una orden ministerial, vigente en el momento de la firma del contrato, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios. Así, el juzgado ha esquivado el fallo del Tribunal de justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 18 de noviembre, que respaldó la validez de las hipotecas ligadas al IRPH y que estableció que las entidades financieras no están obligadas a incluir una «definición completa del índice de referencia que sirve para calcular un tipo de interés variable».

En la sentencia con fecha del 30 de noviembre de 2021, la magistrada Marta Canales Gantes da la razón a los demandantes contra la Unión de Créditos Inmobiliarios, entidad condenada a devolver los importes indebidamente cobrados.

En concreto, la magistrada destaca que cuando se firmó el contrato estaba vigente la orden ministerial de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios, cuya finalidad primordial «es garantizar la adecuada información y protección de quienes concierten préstamos hipotecarios».

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