miércoles, 7 de abril de 2021

IRPH: un Juzgado de Barcelona lo declara nulo y lo sustituye por el Euribor

Sin mencionar a las SSTS de 12 de noviembre de 2020, un Juzgado de Primera Instancia de Barcelona ha declarado en su reciente sentencia 2609/2021, de 30 de marzo, la nulidad de la cláusula referida al IRPH por falta de transparencia, su sustitución por el Euribor y la restitución de las cantidades abonadas de más por el consumidor tras dicha sustitución.

Así, el Juzgado de Barcelona se une a Córdoba, San Cristóbal de La Laguna (Santa Cruz de Tenerife) y Arrecife (Lanzarote), como otro Juzgador que se aparta de las conclusiones contradictorias de nuestro Alto Tribunal, que declaraba en noviembre del pasado año que las cláusulas de interés variable IRPH no eran abusivas pese a no ser transparentes.

La actora ejercita la acción de nulidad de la cláusula IRPH y de la cláusula de gastos contenidas en la escritura del préstamo hipotecario suscrito por las partes, con fundamento en la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación y en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Asimismo, ejercita acción de restitución de las cantidades indebidamente cobradas por ambas cláusulas.

Manifiesta la demandante que dicho contrato fue presentado a la actora y redactado de modo unilateral por la entidad financiera conforme a su modelo de contratación, sin posibilidad alguna de negociación y bajo un modelo propio estandarizado en el que únicamente se introdujeron los datos personales del adquirente.

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