Javier Biosca entró en prisión, después de un periplo fugitivo que le llevó hasta Guinea-Bisáu, el 8 de junio de 2021. Un día antes fue detenido en Torrox (Málaga), como el presunto autor de la que sería (por cantidad de dinero, no por personas afectadas) la mayor estafa piramidal con criptomonedas de España.
La querella criminal, admitida a trámite el 4 de mayo de 2021, se dirige a Biosca; su mujer, Paloma Gallardo Leal; y su hijo, Sergio Biosca Gallardo, a los que se acusa de los delitos de “asociación ilícita, intrusismo, delito continuado de estafa, apropiación indebida, receptación y blanqueo de capitales, falsedad en documento público, delitos contra la Hacienda Pública, cohecho, delitos societarios y encubrimiento”.
Tras más de 6 meses entre rejas, la abogada defensora de las víctimas, Emilia Zaballos, socia directora de Zaballos Abogados y presidenta de la Asociación de Afectados por Inversiones en Criptomonedas, asegura, en declaraciones a Business Insider España, que cada vez son más los personados (600) y que la cantidad que calculan que ha estafado roza los 570 millones de euros.
Con aún mucho recorrido por delante, las últimas novedades llevan al 19 de octubre de 2021, cuando la defensa de Javier Biosca presentó un escrito en la Audiencia Nacional solicitando medidas cautelares para su cliente.
En el mismo, afirmaban que tenía “una inquebrantable voluntad de colaborar con la Justicia” y de devolver el dinero a los querellantes. A este respecto, advierten que sólo estaría dispuesto a la devolución de las cantidades inicialmente entregadas por los inversores, y no las que devengan de los rendimientos que hubieran podido obtener y tampoco las correspondientes a los intereses.
Califica la defensa de “demenciales y desproporcionadas” las diferencias entre las cantidades reclamadas (esos 570 millones de euros) y “las que realmente pueden ser objeto de devolución”.
En su escrito de alegaciones, Zaballos deja claro que ha de comprometerse a devolver todas las cantidades invertidas por los querellantes, tanto si constan en un contrato escrito, como si se puede acreditar la inversión por cualquier otro medio de prueba, puesto que, si sólo se refiere la defensa a los que tienen contrato escrito, estaría dejando "indefensos" a todos aquellos inversores-querellantes que le entregaron el dinero (muchas veces todos sus ahorros) sin firmar contrato escrito, ya que el propio Biosca y su familia aceptaban las entregas de dinero sin contrato previo, "como se puede acreditar”.
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