miércoles, 31 de marzo de 2021

La Audiencia tinerfeña lo tiene claro: la nulidad de las cláusulas abusivas no prescribe jamás

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tenerife, formado por los magistrados Carmen Padilla Márquez, como presidenta; María Paloma Fernández Reguera, como ponente, y Juan Luis Lorenzo Bragado (ya elegido presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a la espera de tomar posesión del cargo), ha dictado una sentencia de apelación en la que aclara una cuestión clave para miles y miles de isleños que reclaman contra las cláusulas abusivas: no prescriben jamás.

En dicho fallo, con fecha del pasado día 23, se acuerda que “al ser la cláusula discutida nula de pleno derecho, no queda afectada por el hecho de que el contrato se haya extinguido en su totalidad, ya que el consumidor tiene acción para reclamar la nulidad de pleno derecho de esa cláusula, acción imprescriptible, y su consecuencia, que es la devolución de las cantidades cobradas en exceso, ya que no es una acción independiente, sino la consecuencia legal de la estimación de la nulidad”.

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viernes, 26 de marzo de 2021

Lenovo, forzada a pagar 20.000 euros en daños a un usuario por negarse reembolsar el costo de una licencia de Windows

Luca Bonissi, un desarrollador italiano, promotor y voluntario de la Fundación del Software Libre de Europa, se tuvo que pasar dos años en una batalla legal con la multinacional de tecnología Lenovo por solicitar el reembolso de una simple licencia de Windows de 42 euros.

En una clásica historia de David contra Goliat, Luca ha ganado, aunque se haya que tenido que gastar mucho dinero y energía en el proceso. Tras dos años y dos litigios, Lenovo fue obligada a pagar daños por 20.000 euros tras negarse a ofrecer el reembolso y forzar a su cliente a tomar parte en un desproporcionado e innecesario proceso legal.

Tras la negación de sus solicitudes de reembolso por parte de Lenovo, Luca trató de conseguir ayuda de la Autoridad de Competencia del Mercado de Italia (AGCM), pero cuando esto no lo llevó a nada, Luca decidió tomar acciones legales contra Lenovo.

Como el costo de la licencia de Windows 10 Home con la que venía el portátil era muy baja, Luca pudo acudir a un juzgado para asuntos menores por su cuenta sin contratar abogados. Sin embargo, cuando vio la agresiva defensa que Lenovo montó, decidió contratar ayuda profesional.

En junio de 2019 parecía que las cosas se iban a resolver sin más dramas, el Juzgado de Monza reconoció el derecho de Luca al reembolso y ordenó a Lenovo reintegrar los 42 euros por la licencia de Windows además de 130 euros por los costes procesales.

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miércoles, 24 de marzo de 2021

Tarjetas 'revolving': la avaricia de la banca rompe el saco a favor de los consumidores

A nadie se le escapa que los bancos no regalan nada y, que por cada céntimo que prestan, ellos verán acrecentar sus arcas. Al fin y al cabo este es el negocio, dejar tres y que les devuelvan cinco. Por tanto, la paciencia y el tiempo son un valor imprescindible para la rentabilidad del dinero.

Sin embargo, la avaricia y las prisas han hecho que la banca de nuestro país haya olvidado esta idea tan simple en productos como las tarjetas revolving.

Este producto es rentable por sí mismo, ya que supone prestar un capital que será devuelto de forma paulatina, cuanto más lentamente se devuelve, mayores serán los intereses a recibir por la entidad bancaria. Esto es así debido a que el capital no restituido en la cuota mensual generará intereses que se capitalizaran como parte de la deuda y, por tanto, al mes siguiente generaran nuevos intereses, construyendo una cadena continua. Además, el capital que retorna el consumidor mediante las cuotas mensuales se reincorpora al capital disponible, es decir, el propio consumidor se autoabastece de capital.

Por tanto, es un producto que no requiere ayuda para ser rentable para las entidades bancarias. Pero como sabiamente dice el refranero popular, la avaricia rompe el saco, y los bancos han caído en ello al imponer unos intereses a estos productos desproporcionados y usurarios que les están conllevando grandes pérdidas económicas. A modo de ejemplo, una de las entidades más afectadas, Wizink Bank, en 2019-2020 provisionó 142 millones, que se unen a los 65 millones de los años anteriores para cubrir el riesgo del aluvión de demandas.

El nivel de demandas ha ido aumentando a medida que han pasado los años. Actualmente, el 85 % de las sentencias declaran la nulidad del contrato por la existencia de intereses usurarios. Es decir, que son notablemente superiores al normal del dinero y desproporcionados a las circunstancias del caso (art. 1 de la Ley de Represión de la Usura).

El Tribunal Supremo ha resuelto ya en dos ocasiones según esta vertiente, esclareciendo y marcando las siguientes pautas: la TAE es el porcentaje que deberá valorarse para la determinación de usura; el Banco de España será la base de referencia, ya que las estadísticas que publica esta institución marcaran la normalidad a la que se refiere la LRU. Se aplicará, además, el principio de especialidad, por lo que habrá que acudir a la estadística del BDE más ajustada al producto litigioso. Así, en el caso de las tarjetas revolving, hasta junio de 2010 debe acudirse a la estadística de créditos al consumo y tras dicha fecha a la estadística concreta de créditos de pago aplazado.

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miércoles, 17 de marzo de 2021

Una sentencia perdona a una canaria su deuda con el banco por una vivienda

La Justicia ha condonado a una empresaria tinerfeña, en concreto de La Laguna, su deuda de 124.538 euros con dos entidades bancarias y un fondo buitre en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. Es la segunda sentencia que se dicta en la Isla con el mismo sentido en lo que va de 2021 tras la que el pasado febrero permitió a un chicharrero cancelar lo que debía, en total 113.859 euros. Ana Isabel García, abogada del bufete especializado Repara tu Deuda, que ha llevado el caso, valora: “Los Juzgados de Primera Instancia de Tenerife están funcionando muy bien, de manera efectiva y rápida”. Cabe destacar que en febrero fue uno de Santa Cruz –el número 10– y ahora otro de San Cristóbal de La Laguna –en este caso el 7–

La afectada es una mujer de mediana edad, separada, que tenía un estanco y al mismo tiempo Administración de Loterías. Para montar el negocio y que le concedieran el préstamo contó con el aval de su abuela –hoy ya fallecida– que aportó ante el banco su vivienda. Al principio fue todo bien, pero luego cambió la situación y ella no pudo pagar. Pidió otro préstamo con el aval de su familia para afrontar el primero pero eso supuso entrar en un bucle sin retorno. El banco se quedó con la casa, y con otra a su nombre, pero al no cubrir el cien por cien tuvo que seguir pagando. Incluso, en 2013 las entidad procedió a la ejecución hipotecaria con lanzamiento incluido.

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martes, 16 de marzo de 2021

Dos hermanos recuperan 50.000 euros de acciones del Banco Popular

Los Juzgados de Primera Instancia número uno y número dos de Girona han dictado dos sentencias estimando la nulidad de sendos contratos de adquisición de acciones de Banco Popular. Los contratos fueron suscritos por dos hermanos de avanzada edad, clientes de toda la vida del Popular, en las ampliaciones de capital del 2012 y 2016. Santander tendrá que devolverles la cantidad de 50.000 euros.

La resolución del juzgado número uno está disponible aquí. La del juzgado número dos en este enlace. 

El titular del juzgado número uno detalla que la entidad no reflejó su imagen fiel en los folletos de ampliación de capital del 2012 y 2016.

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jueves, 4 de marzo de 2021

24,51 % TAE: Cofidis nuevamente condenada por una tarjeta «revolving» con intereses usurarios

La magistrada Graciela González Carrasco, titular del Juzgado de Primer Instancia de Cádiz, ha condenado a Cofidis, S.A. a reintegrar a una pareja gaditana las cantidades que hayan excedido del capital prestado, con sus correspondientes intereses, porque las tarjetas «revolving», contratadas, el 20 de noviembre de 2012, presentaban un interés del 24,51 % TAE, considerado usurario por el Tribunal Supremo.

La decisión de la magistrada, plasmada en la sentencia número 32/2021, de 26 de febrero, deja el préstamo sin intereses. Los clientes, Juan Carlos y Rosa María  solo tienen que devolver el capital que se haya tomado prestado. Además, se condena a pagar las costas a la mercantil.

La pareja había venido utilizando la tarjeta «revolving» de Cofidis con normalidad extrayendo dinero de cajeros o comprando productos. La configuración de la tarjeta permitía varias fórmulas de amortización.

Podían abonar, de forma total todos los meses, el consumo de dinero sin intereses, o bien con un 10% de importe aplazado o bien con un 10% del importe pendiente o incluso establecer un importe fijo mensual de 500 o 100 euros/mes.

Los clientes utilizaron durante la vida de la tarjeta todos estos sistemas de forma alternativa y en todos quitando el primero, Cofidis les cobró un interés remuneratorio del 24,51%.

«Incluso se le cobraba cuando retiraba dinero directamente del cajero. Mandándole la entidad un mensaje para que sacara el dinero gratis y lo que se le escondía es que, aunque no iba a tener comisión para sacarlo, sí que va a tener intereses y, además, era el máximo pactado del 24,51%», explica José Luis Ortiz Miranda, representante legal de la pareja gaditana, socio director de Bufete Ortiz Abogados.

La tarjeta revolving, al igual que los plásticos tradicionales permiten realizar compras aplazando el pago, su singularidad es que es el cliente el que puede elegir el plazo de devolución del crédito de un interés previamente pactado con el banco.

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Caixabank y el Santander reducen en 2.600 millones su exposición a las IRPH tras la sentencia

Caixabank y Banco Santander han reducido su exposición a las hipotecas ligadas al IRPH en 2.600 millones de euros tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 3 de marzo de 2020. Esto es más de un 20% de lo que tenían en cartera hace justo un año.  

En concreto, Caixabank las ha aminorado en 1.000 millones de euros. A principio de 2019 eran más de 6.700 millones de euros de préstamos hipotecarios indexados a este índice y a cierre de 2020 la cifra se había reducido a 5.328 millones según sus cuentas.  

Los últimos dos años ha vivido etapas opuestas, así en 2019 la incertidumbre sobre que decidiría Europa en su sentencia y cómo afectaría si determinaba que el IRPH era abusivo, llevó al presidente de la entidad, Jordi Gual, a asegurar que los resultados de ese ejercicio “no han sido satisfactorios, porque nos ha paralizado la incertidumbre del IRPH”. 

Ya en 2020, después de conocerse la sentencia de marzo del TJUE y de que en septiembre el Tribunal Supremo se pusiera de su lado, la entidad se relajó. Tanto, que asegura en su informe financiero que “no mantiene provisiones por este concepto”. 

Pero este capítulo no está cerrado, pues varios magistrados han vuelto a elevar al TJUE una cuestión prejudicial, pidiendo que aclare si el IRPH es abusivo o no. Respecto a este asunto, Caixabank destaca que “será objeto de particular seguimiento”.    

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