Los gastos hipotecarios, y especialmente el reparto de estos entre cliente y entidad bancaria, ha generado largas batallas judiciales en los últimos años. Ahora, el Tribunal Supremo acaba de poner luz sobre otro de los pagos que estaba en el aire, y que ha llevado a varias Audiencias Provinciales a pronunciarse a favor del consumidor. El Supremo ha determinado que este gasto debe ser pagado por el banco siempre que la escritura sea anterior a la ley hipotecaria del año 2019 y la cláusula de gastos hipotecarios se considere "abusiva".
El Alto Tribunal ha comunicado que "con esta sentencia quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización del préstamo hipotecario. Esta doctrina supone que los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales", aseguran. Una resolución que va en línea de lo que ya dictaron las Audiencias Provinciales de Madrid, Málaga y Oviedo.
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