Nueva victoria para los clientes financieros. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló este martes que los consumidores pueden solicitar en los tribunales la devolución íntegra de todos los importes pagados de más por las cláusulas abusivas de una hipoteca, incluso si en su día solo se les devolvió una parte o aunque el consumidor afectado no haya presentado un recurso.
El TJUE emitió ayer cuatro sentencias diferentes relativas a cláusulas abusivas en las que, en general, confirmó que los procedimientos nacionales no deben ser un obstáculo para proteger los derechos del consumidor y que los jueces nacionales deben apreciar de oficio el carácter abusivo.
De las cuatro sentencias, dos hacen referencia a España y habían sido elevadas al TJUE a raíz de varias preguntas prejudiciales formuladas por el Tribunal Supremo. La cuestión en sí tiene su origen en una sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2013 que reconoce la abusividad de algunas cláusulas suelo y ordenó a devolver las cantidades abonadas de más a partir de ese mes de mayo de 2013. El juzgado ordenó solo la restitución parcial puesto que así lo dictaba entonces la jurisprudencia del Tribunal Supremo español.
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