martes, 18 de enero de 2022

Todos los trucos con criptomonedas que están utilizando los estafadores para robarte

En los últimos tiempos, hemos visto como las criptomonedas han ido ganando popularidad y asentándose. Monedas digitales, como Bitcoin, Monero, Ethereum o Dogecoin, ya están por todas partes en Internet y cada vez hay más usuarios interesados en ellas. Precisamente, ese interés está provocando el que cada vez más estafadores estén buscando los medios para intentar robar dinero e información a los internautas.

En realidad, los interesados en criptomonedas hoy en día corren un gran riesgo de fraude. Esta nueva tendencia viene acompañada de un mundo sin ley y sin regulación en el que los delincuentes están atentos y listos para atacar. Por ello, la empresa de ciberseguridad ESET ha realizado un llamamiento a los usuarios para que tomen las debidas precauciones cuando se trata de criptomonedas. En este campo también se aplican las reglas normales de prevención del fraude, y todo lo que se vea en Internet debe ser cuidadosamente analizado y comprobado para evitar posibles fraudes y estafas.

A continuación, compartimos algunos de los que en los últimos tiempos se han vuelto más habituales en la Red.

Estafas Ponzi

Se trata de un tipo de estafa de inversión en la que se engaña a las víctimas para que inviertan en una empresa inexistente o en un 'plan para hacerse rico rápidamente', que en realidad no hace más que llenar el bolsillo del estafador. Las criptomonedas son ideales para esto, ya que los estafadores siempre están inventando nuevas tecnologías de vanguardia para atraer a los inversores y generar mayores beneficios virtuales. Falsificar los datos es fácil cuando la moneda es virtual de todos modos.

Pump and dump

En este caso, los estafadores animan a los inversores a comprar acciones de empresas de criptomonedas poco conocidas basándose en información falsa. Posteriormente, el precio de las acciones sube y el estafador vende sus propias acciones, obteniendo un buen beneficio y dejando a la víctima con acciones sin valor.

Opiniones falsas de famosos

Los estafadores suplantan la identidad de famosos o crean cuentas falsas para animar a sus seguidores a invertir en planes falsos como los anteriores. En uno de los esquemas, según explican desde ESET, se perdieron unos 2 millones de dólares en manos de estafadores que incluso nombraron a Elon Musk en una campaña de regalo de Bitcoin para que la estafa fuera más fiable.

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Sigue leyendo desde la fuente original: https://www.abc.es/tecnologia/redes/abci-todos-trucos-criptomonedas-estan-utilizando-estafadores-para-robarte-202201181225_noticia.html

martes, 11 de enero de 2022

Dos nuevas sentencias ratifican la nulidad del IRPH y dan a elegir entre anular el contrato o cambiar al euríbor

El Juzgado de Primera Instancia 7 de Pamplona ha fallado dos nuevas sentencias que anulan el índice hipotecario IRPH-Cajas y que permiten al afectado elegir la mejor opción para "resarcir el perjuicio económico causado".

Según ha informado la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), el juez ha preguntado al afectado por el "camino a seguir". Por un lado, existe la posibilidad de anular todo el contrato, con la devolución por parte de la entidad financiera de los intereses cobrados, y por otro, sustituir del índice por el euríbor.

La asociación señala que, de esta forma, se sigue la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su último auto sobre el índice IRPH, de noviembre de 2021, por la cual el juez nacional debe dar a elegir al consumidor entre revisar su contrato sustituyendo la cláusula abusiva que fija un tipo de interés variable por otro índice previsto por la ley con carácter supletorio o proceder a la anulación del contrato hipotecario en su conjunto, cuando este no pueda subsistir sin esa cláusula.

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Una mujer cancela su deuda de 194.244 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Córdoba ha dictado la cancelación de una deuda de 194.244 euros a favor de una mujer gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. Según informa el despacho Repara tu Deuda Abogados, cuando la solicitante se divorció supo, tras solicitar una hipoteca, que acumulaba a su nombre varios créditos y una deuda hipotecaria del piso en el que antes había convivido con su exmarido de los que tuvo que hacerse cargo a duras penas, buscando un nuevo empleo y creando una empresa que más tarde, con la pandemia, se iría al garete. La Ley de Segunda Oportunidad, que entró en vigor en 2015, le ha permitido cancelar aquella deuda y empezar de cero.

Para acogerse a ella, es necesario cumplir ciertos requisitos, entre ellos, demostrar que uno es «deudor de buena fe y que no ha ocultado bienes ni ingresos» y, salvo excepciones, que la cantidad debida no supere los 5 millones y se haya intentado llegar a un acuerdo para abonarla a plazos.

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Sigue leyendo desde la fuente original: https://www.diariocordoba.com/cordoba-ciudad/2022/01/11/mujer-cancela-deuda-194-244-61468774.html


sábado, 8 de enero de 2022

Un Juez dicta tres nuevas sentencias anulando la cláusula IRPH

El Juzgado de Primera Instancia n.º 7 (BIS) de Pamplona ha dictado tres nuevas sentencias declarando la nulidad de la cláusula IRPH establecida en tres contratos de préstamo hipotecario suscritos entre 2004 y 2005.

Las sentencias, dictadas el 9 y el 13 de diciembre de 2021, estiman íntegramente las demandas formuladas y permiten, en dos de ellas, que sea el consumidor el que elija entre la nulidad de todo contrato o la sustitución del IRPH por el Euríbor.

Primer litigio

En la sentencia de 9 de diciembre se analiza la validez de cuatro de las cláusulas (IRPH Entidades, suelo, comisión de apertura y reparto de gastos) de la escritura de préstamo hipotecario suscrita en octubre de 2005 entre los demandantes y la Caja Rural de Navarra.

En particular, en este primer supuesto, el Juzgador declara que la cláusula IRPH no supera ni el control de transparencia ni el de abusividad.

Para llegar a tal conclusión, el Juez confirma que la entidad no ha acreditado que informara a su cliente de cuál había sido la evolución del IRPH durante los dos años naturales anteriores a la celebración del contrato de préstamo. En palabras del mismo, “sin dicha información no ha transparencia”.

Asimismo, el fallo alude que, si bien los recientes Autos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de noviembre de 2021 “podría parecer que matizan la obligación del banco de proporcionar a su (futuro) cliente dicha información”, en opinión del Juzgador, la misma resultaba en octubre de 2005 (fecha de la suscripción del préstamo) de obligado cumplimiento para préstamos de capital no superior a 150.253 euros por imposición de la Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios.

“Teniendo en cuenta que la Caja Rural de Navarra, contrariamente a su obligación, no informó de la evolución pretérita del IRPH; dado también que a la vista de la evolución de los tipos en el tiempo anterior a la contratación, resulta presumible que los prestatarios, correctamente informados, se hubiesen decantado por el Euríbor en lugar de por el IRPH; y teniendo en cuenta por último que ya al tiempo de contratar resultaba previsible, a la vista de los datos del pasado, que referenciar el préstamo a IRPH en lugar de a Euríbor podría, razonablemente, resultar perjudicial (más caro) para los prestatarios: la conclusión no puede ser otra que la utilización de la cláusula por parte de la Caja Rural de Navarra no solo fue in/transparante sino también abusiva, y por tanto nula”, expone el Juez titular del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 (BIS) de Pamplona.

En este caso, a diferencia de los dos que detallaremos a continuación, el Juzgador indica que la referencia aplicable al contrato, desde el momento en que quedó sujeto a interés variable hasta su cancelación, sea el Euríbor a un año (sin

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lunes, 3 de enero de 2022

Un juez anula una tarjeta revolving por usura y condena al banco a devolver los intereses

El Juzgado de Primera Instancia de Caravaca de la Cruz declara la nulidad de un contrato de una tarjeta revolving de una persona ya fallecida, y condena a la entidad bancaria a abonar a sus herederos 55.000€ por los intereses cobrados indebidamente. El juez considera que existe un interés usurero y mala fe por parte de la entidad bancaria.

El Bufete Sanz & Abogados, que llevó la defensa de los reclamantes, destaca "el peligro de las tarjetas revolving por los elevados intereses que se pagan con un TAE de hasta el 25%, además de la deuda que se genera si te retrasas en el pago”.

El hombre contrató la tarjeta en 1993 con Citibank, que lo transmitió posteriormente a Wizink Bank. Según se desprende de la sentencia, en 2018, y tras modificaciones unilaterales de la entidad crediticia, se le estaba aplicando un TIN del 24% y un TAE de 26,82% anual.

Hay que reseñar que, en las tarjetas revolving,  todas las compras  que se realizan quedan aplazadas automáticamente, con la contrapartida del cobro de unos altísimos intereses. En este sentido, el límite de este tipo de crédito personal al consumo es variable y se rebaja o disminuye en la medida en que el cliente lo utilice y se restablece o aumenta de nuevo en la medida que haga pagos el cliente para restituirlo.

Contratos

Tales intereses desproporcionados llevaron a los herederos a reclamar judicialmente la nulidad del contrato de crédito y la solicitud de devolución de las cantidades que excedieran del capital principal, correspondientes a intereses, comisiones y demás.

La entidad argumentó que en este tipo de contratos, "el interés normal del dinero no es el interés medio de los préstamos personales al consumo", por lo que no se podía considerar usurero. "No es notablemente superior al tipo de interés habitual en el mercado de tarjetas de crédito revolving", alegó la entidad.

Los reclamantes no pudieron conservar apenas documentos contractuales que respaldaran el contrato suscrito, ni tampoco fueron facilitados por la entidad bancaria, a pesar de habérselos reclamado. Lo que demuestra, a criterio del juez, una evidente mala fe por parte del banco. Sin embargo, si pudieron acreditar estar abonando una tarjeta de Wizink Bank.

Por otro lado, a pesar de que el banco afirmó que la tarjeta contratada era distinta al crédito objeto de reclación, no aportó durante el procedimiento documentación contractual alguna que lo justificase. Por lo que el juez considera que no hay constancia que haga pensar que el crédito objeto de la reclamación sea distinto al crédito que reconoce ser titular el banco.

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Sigue leyendo desde la fuente original: https://noticias.juridicas.com/la-sentencia-de-la-semana/sentencias/17011-un-juez-anula-una-tarjeta-revolving-por-usura-y-condena-al-banco-a-devolver-los-intereses/

Un juzgado encuentra una vía para anular las hipotecas referenciadas al IRPH pese al fallo de Europa

El juzgado de primera instancia número 7 de La Coruña ha anulado una hipoteca referenciada al IRPH al considerar que vulneraba una orden ministerial, vigente en el momento de la firma del contrato, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios. Así, el juzgado ha esquivado el fallo del Tribunal de justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 18 de noviembre, que respaldó la validez de las hipotecas ligadas al IRPH y que estableció que las entidades financieras no están obligadas a incluir una «definición completa del índice de referencia que sirve para calcular un tipo de interés variable».

En la sentencia con fecha del 30 de noviembre de 2021, la magistrada Marta Canales Gantes da la razón a los demandantes contra la Unión de Créditos Inmobiliarios, entidad condenada a devolver los importes indebidamente cobrados.

En concreto, la magistrada destaca que cuando se firmó el contrato estaba vigente la orden ministerial de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios, cuya finalidad primordial «es garantizar la adecuada información y protección de quienes concierten préstamos hipotecarios».

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Sigue leyendo desde la fuente original: https://okdiario.com/economia/juzgado-encuentra-via-anular-hipotecas-referenciadas-irph-pese-fallo-europa-8366849

domingo, 2 de enero de 2022

Detenido en Valencia uno de los mayores estafadores con falsas inversiones en criptomonedas de Europa

Agentes de la Guardia Civil han detenido en València a uno de los mayores estafadores con falsas inversiones en criptomonedas a nivel europeo. Se trata de un hombre de 45 años al que se le imputa siete delitos de estafa y blanqueo de capitales. El total del patrimonio bloqueado, entre vehículos y cuentas bancarias, asciende a más de dos millones y medio de euros.

La operación, bajo el nombre "Bitdrop", se inició el pasado mes de agosto, tras tener conocimiento los agentes de los hechos a través de la colaboración con seguridad privada, según ha informado el Instituto Armado en un comunicado.

El detenido, de nacionalidad portuguesa, había creado una supuesta plataforma de inversiones en criptomonedas en una página web que se daba a conocer a través de diversos foros, programas de radio, eventos deportivos e incluso movimientos benéficos, para así lograr captar la atención y la inversión de personas en España y Portugal.

La plataforma ofrecía una rentabilidad mínima del 2,5 por ciento semanal a los inversores en función de la cantidad que aportaban, que llegaban a adquirir roles y así poder atraer a más personas.

Este método es conocido como "esquema ponzi", un tipo de estafa que trata de inducir a engaño a las víctimas, quienes creen que las ganancias obtenidas provienen de una actividad legal, aunque los fondos tienen origen en otros inversores engañados.

De esta manera, la inversión en criptomonedas resultaba "todo un éxito", por lo que las víctimas invertían mayores cantidades de dinero y atraían a más inversores. El detenido utilizaba las inversiones realizadas por las víctimas para llevar un elevado nivel de vida, con la compra de vehículos de alta gama, viajes o incluso comidas.

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Sigue leyendo desde la fuente original: https://www.europapress.es/comunitat-valenciana/noticia-detenido-valencia-mayores-estafadores-falsas-inversiones-criptomonedas-europa-20220102102208.html