miércoles, 30 de diciembre de 2020

Calviño concede una bula a la banca británica para operar en España pese al Brexit

[30-12-2020] No ha habido un gran acuerdo general entre la UE y Reino Unido respecto a los servicios financieros. Pero el club de los 27 sí permite que se concedan permisos de gracia por parte de cada uno de los países. Ha sido sobre la bocina, pero el Ministerio de Economía ha publicado una norma que permite a los intermediarios británicos que hasta ahora operaban en España con su pasaporte comunitario seguir prestando servicios hasta el 30 de junio, según publica hoy el BOE.

Así, los contratos de prestación de servicios bancarios, de valores, de seguros u otros servicios financieros con una entidad domiciliada en el Reino Unido mantendrán su vigencia. Sin embargo, no podrán ampliar sus servicios. En otras palabras, no podrán captar clientes ni ofrecerles más productos a los que ya tienen. El objetivo es que finalicen o cedan de manera ordenada estas actividades. Y, como es obvio, la eventual cesión tendrá que hacerse a entidades autorizadas para prestar servicios en España. Es decir, a través de una filial registrada en la CNMV o con un pasaporte comunitario válido de alguno de los 27 países del club.

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