[15/05/2020] La Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado la nulidad de un crédito revolving por usurario por triplicar el interés medio de la época para este tipo de contratos. Como recoge el fallo (disponible aquí), el TAE pactado entre la entidad Wizink Bank y el cliente era de un 26,82 por ciento, cuando lo normal para la época era un 9,36.
Fuente y más información https://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/15161-declarado-nulo-un-credito-039;revolving039;-de-wizink-bank-que-triplicaba-el-interes-medio/
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